Resumen: El demandante ha venido prestando sus servicios laborales con un contrato de interinidad por vacante , para Comunidad Autónoma demandada, la plaza ocupada por el demandante ha sido ofertada en varios concursos y traslados, no habiendo sido cubierta . Y habiéndose convocado pruebas selectivas fue adjudicada y cubierta por el opositor que había superado las pruebas por lo que se le comunicó al trabajador su cese que impugna. La prestación de servicios del actor ha sido superior a tres años. Interpone el actor demanda por despido. Por el Juzgado de lo Social se estima en parte la demanda se entiende que el cese es ajustado a derecho pero que al haberse prolongado la relación laboral mas de tres año la relación debe de calificarse de indefinida no fija y condena a la demandada a abonar una indemnización como si de un despido objetivo procedente se tratara. Se interpone recurso de Suplicación por la Comunidad Autónoma condena que se estima argumentado que el contrato de interinidad por vacante fue lícito y no se vio desnaturalizado por el transcurso del tiempo , dadas las circunstancias concurrentes (ausencia de inactividad, convocatoria de procesos de previsión conforme al Convenio por lo que el trabajador no puede ser declarado indefinido no fijo lo que conlleva la desestimación íntegra de la demanda interpuesta por el trabajador, sin derecho a lucrar indemnización alguna.
Resumen: Despido de una cobradora de seguros: 1. Posible defecto en el ejercicio de la jurisdicción de la sentencia impugnada. 2. Existencia de relación laboral. Se aprecia la falta de contradicción en ambos motivos.
Resumen: RECLAMACIÓN DE CANTIDAD. HORAS EXTRAS. FALTA DE CONTRADICCIÓN.
Resumen: Despido objetivo. Se cuestiona si la causa económica alegada está provocada por el COVID-19. Falta de contradicción.